Solución
Certificado de firma digital
Es el requisito que más arranques traba: sin firma digital no se puede emitir un comprobante electrónico. Lo gestionamos, lo instalamos y lo dejamos probado — vos no tocás nada técnico.
Por qué hace falta
Cada documento tributario electrónico se firma digitalmente antes de transmitirse. Esa firma es lo que acredita quién lo emitió y garantiza que el contenido no se alteró en el camino; sin ella, la DNIT no puede aprobarlo. No es un paso administrativo previo: es parte del comprobante.
El certificado lo emite un prestador de servicios de certificación habilitado, no la DNIT y tampoco nosotros. Lo que hacemos es ocuparnos del trámite de punta a punta y dejarlo funcionando dentro de tu cuenta, que es donde la mayoría se traba.
De qué nos ocupamos
- Te decimos qué tipo de certificado te corresponde según seas persona física o jurídica.
- Armamos la carpeta de documentos y coordinamos el trámite con un prestador habilitado.
- Te acompañamos en la verificación de identidad, que es presencial y la hace el prestador.
- Instalamos el certificado en tu cuenta y lo dejamos listo para firmar.
- Probamos la emisión de punta a punta antes de darte el visto bueno.
- Te avisamos con tiempo antes del vencimiento para renovarlo sin cortar la facturación.
Qué te toca hacer a vos
Poco, pero hay una parte indelegable: la verificación de identidad la hace el prestador y requiere tu presencia y tu documento. Todo lo demás — armado de la carpeta, seguimiento, instalación, pruebas y control del vencimiento — corre por nuestra cuenta.
Los plazos no dependen de nosotros ni de vos, sino del prestador. Por eso conviene arrancar el trámite apenas se decide migrar y no cuando ya venció el timbrado preimpreso: es el cuello de botella típico de un alta.
Ya tengo mi certificado
Mejor todavía. Si ya lo tenés emitido, lo cargamos en tu cuenta, verificamos que la vigencia y los datos coincidan con tu perfil fiscal, y emitimos una prueba para confirmar que firma correctamente. No hace falta que lo emitas de nuevo.
Dudas
Preguntas sobre el certificado
¿Qué es el certificado de firma digital?
Es un archivo criptográfico que acredita tu identidad y con el que se firma cada documento electrónico antes de enviarlo a la DNIT. Cumple la función de tu firma manuscrita y le da validez jurídica al comprobante. Lo emiten los prestadores de servicios de certificación habilitados en el país.
¿Es obligatorio para facturar electrónicamente?
Sí. Sin firma digital el documento no puede transmitirse ni ser aprobado: la firma es parte del propio comprobante, no un trámite aparte.
¿Es lo mismo que la firma electrónica?
No exactamente. "Firma electrónica" es el concepto amplio; la firma digital es la que se apoya en un certificado emitido por un prestador habilitado y tiene equivalencia con la firma manuscrita. Para facturación electrónica se necesita la digital.
¿Qué es el certificado F1 y por qué me lo nombran?
Los certificados cualificados se emiten por tipos, y el F1 es el previsto para los sistemas de la Subsecretaría de Tributación: Marangatú y el SIFEN, que es por donde viaja tu factura electrónica. Los otros son para usos más amplios —el F2 vive en un token USB que se enchufa a la computadora y el F3 firma en forma remota, sin dispositivo—. Nosotros no emitimos certificados: eso lo hace un prestador habilitado. Lo que hacemos es el trámite y decirte cuál pedir, que es donde se pierde tiempo la primera vez, porque un certificado del tipo equivocado hay que rehacerlo.
¿A nombre de quién se emite si tengo una empresa?
Depende de la forma jurídica. En una unipersonal suele ir a nombre del titular; en una sociedad, a nombre del representante legal o de la persona autorizada a firmar por la empresa. Es una de las cosas que revisamos antes de iniciar el trámite, porque un certificado emitido a nombre equivocado hay que rehacerlo.
¿Cuánto vale y cuánto dura?
El costo lo fija el prestador de certificación y varía según la vigencia que elijas y el soporte. Escribinos por WhatsApp y te pasamos el detalle actualizado junto con los plazos reales del trámite.
¿Qué pasa cuando se vence?
Si vence, dejás de poder firmar y por lo tanto de emitir. Por eso lo controlamos nosotros: te avisamos antes para que la renovación se haga sin que se te corte la facturación.
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- Timbrado electrónicoEl otro requisito de la habilitación: vigencia, numeración y saltos.
- ContactoEscribinos y te pasamos costos y plazos actualizados del trámite.
Resolvemos tu firma digital.
Contanos si sos persona física o jurídica y te decimos qué certificado te corresponde, qué documentos piden y cuánto demora.
